Page 17 - MANUAL ESTUDIANTE
P. 17
Manual del Estudiante 16
Se le notificará por escrito la decisión a las partes concernidas dentro de los próximos veinte
(20) días después de la firma de la Resolución por el (la) Presidente(a). Esta decisión es final e
irrevocable.
Procedimientos de Suspensión:
Si la decisión final del recurso de apelación o la decisión cuando no hay apelación es
suspensión, se debe seguir el procedimiento siguiente:
1. Se le notifica al estudiante mediante comunicación directa del (de la) Presidente(a). La
Oficina del (de la) Presidente(a) envía copia de su decisión al (la) Vicepresidente(a) de
Asuntos Académicos y Estudiantiles, Director(a) de Orientación y Consejería y al (a la)
Registrador(a).
2. La Oficina de Registraduría notificará a los profesores que el estudiante se dará de Baja
Administrativa (WR). También notificará al estudiante por escrito.
3. La Oficina de Registraduría le requerirá al estudiante que entregue su tarjeta de
identificación.
En aquellos casos en que se considere que la presencia del estudiante puede ser nociva a la paz
institucional, se le notificará expresamente al personal de seguridad de la Institución.
Readmisión de Estudiantes con Problemas de Disciplina:
Para considerar la readmisión de cualquier estudiante, cuya baja administrativa haya sido por
razones de disciplina, éste tendrá que seguir el siguiente procedimiento:
1. Visitar la Oficina de Registraduría y llenar el formulario de Readmisión. Esto será así,
aun cuando no haya transcurrido un semestre en que el estudiante haya estado fuera
de la Institución.
2. La Oficina de Registraduría evaluará su situación y enviará la solicitud con sus
recomendaciones al Comité de Admisiones. El mismo está compuesto por el (la)
Director(a) de Admisiones, Director(a) de Orientación y Consejería, Vicepresidente(a)
Asociado(a) de Éxito Estudiantil.
3. El Comité de Admisiones tomará la decisión de aceptar o denegar la solicitud, luego de
tomar en consideración tanto los aspectos académicos como los riesgos que presente la
presencia del solicitante dentro de la Institución.
4. Se le notifica al estudiante la decisión del Comité. Éste es libre de establecer unas
condiciones específicas para la admisión del estudiante.
Procedimiento para Someter Querellas
Cuando el estudiante entiende que cualquiera de los miembros de la comunidad colegial ha
violentado sus derechos o ha faltado a sus responsabilidades, tiene derecho a establecer una
querella. El estudiante puede someter inicialmente su querella de manera informal,
Se le notificará por escrito la decisión a las partes concernidas dentro de los próximos veinte
(20) días después de la firma de la Resolución por el (la) Presidente(a). Esta decisión es final e
irrevocable.
Procedimientos de Suspensión:
Si la decisión final del recurso de apelación o la decisión cuando no hay apelación es
suspensión, se debe seguir el procedimiento siguiente:
1. Se le notifica al estudiante mediante comunicación directa del (de la) Presidente(a). La
Oficina del (de la) Presidente(a) envía copia de su decisión al (la) Vicepresidente(a) de
Asuntos Académicos y Estudiantiles, Director(a) de Orientación y Consejería y al (a la)
Registrador(a).
2. La Oficina de Registraduría notificará a los profesores que el estudiante se dará de Baja
Administrativa (WR). También notificará al estudiante por escrito.
3. La Oficina de Registraduría le requerirá al estudiante que entregue su tarjeta de
identificación.
En aquellos casos en que se considere que la presencia del estudiante puede ser nociva a la paz
institucional, se le notificará expresamente al personal de seguridad de la Institución.
Readmisión de Estudiantes con Problemas de Disciplina:
Para considerar la readmisión de cualquier estudiante, cuya baja administrativa haya sido por
razones de disciplina, éste tendrá que seguir el siguiente procedimiento:
1. Visitar la Oficina de Registraduría y llenar el formulario de Readmisión. Esto será así,
aun cuando no haya transcurrido un semestre en que el estudiante haya estado fuera
de la Institución.
2. La Oficina de Registraduría evaluará su situación y enviará la solicitud con sus
recomendaciones al Comité de Admisiones. El mismo está compuesto por el (la)
Director(a) de Admisiones, Director(a) de Orientación y Consejería, Vicepresidente(a)
Asociado(a) de Éxito Estudiantil.
3. El Comité de Admisiones tomará la decisión de aceptar o denegar la solicitud, luego de
tomar en consideración tanto los aspectos académicos como los riesgos que presente la
presencia del solicitante dentro de la Institución.
4. Se le notifica al estudiante la decisión del Comité. Éste es libre de establecer unas
condiciones específicas para la admisión del estudiante.
Procedimiento para Someter Querellas
Cuando el estudiante entiende que cualquiera de los miembros de la comunidad colegial ha
violentado sus derechos o ha faltado a sus responsabilidades, tiene derecho a establecer una
querella. El estudiante puede someter inicialmente su querella de manera informal,