Page 16 - MANUAL ESTUDIANTE
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Manual del Estudiante 15
Vicepresidente(a) de Asuntos Académicos y Estudiantiles su informe y recomendación,
dentro de los siguientes diez días (10) días de haber escuchado las partes.
6. El (La) Vicepresidente(a) de Asuntos Académicos y Estudiantiles tomará la decisión final
e informará a todas las partes dentro de un plazo de diez (10) días después que el
Comité de Disciplina le rinda su informe.
7. El estudiante que no esté de acuerdo con la decisión tomada tiene el derecho de apelar
por escrito dicha decisión.
Sanciones Disciplinarias:
El Comité de Disciplina es responsable de escuchar las partes involucradas en cada incidente de
disciplina, tomar una decisión y hacer su recomendación al (a la) Vicepresidente(a) de Asuntos
Académicos y Estudiantiles. Éste puede aceptar o modificar la recomendación del Comité. Si la
decisión final es de adopción de la recomendación del Comité, se ratificará una o más de las
siguientes recomendaciones hechas por el Comité.
1. Amonestación verbal documentada al estudiante.
2. Amonestación escrita al estudiante con copia al expediente.
3. Aplicación de un estado de probatoria por un período de tiempo determinado.
4. Suspensión por el resto del semestre o por uno o más semestre, pero no permanente.
5. Suspensión permanente de la Institución.
El Comité puede, además, recomendar otras medidas: que el estudiante reciba servicios de
orientación de algún especialista de la conducta, dentro o fuera de la Institución. Esto incluye
orientadores, trabajadores sociales, psicólogos y psiquiatras. También puede recomendar que
un estudiante no participe en los actos de graduación, aunque complete todos los requisitos del
grado o certificado.
Estas sanciones impuestas no eximen al estudiante de pagar por cualquier daño causado a la
propiedad de la Institución, centros de práctica o internados. Ningún estudiante podrá visitar
las oficinas o dependencias del Huertas Junior College mientras esté suspendido, excepto que
se cite para ello. De necesitar algún servicio, debe hacer una cita telefónica y ser autorizado
por algún oficial de la Institución.
La Institución podrá tomar acción legal dependiendo de la gravedad del caso.
Procedimiento de Apelación en Caso de Sanción Disciplinaria:
El estudiante tendrá derecho a apelar dentro de los siguientes diez días después que se haya
notificado la sanción. Para ello, deberá someter su recurso por escrito y dirigido al (a la)
Presidente(a). El (La) Presidente(a)podrá: revocar, sostener o modificar la decisión del Comité
adoptada por el (la) Vicepresidente(a) de Asuntos Académicos y Estudiantiles.
Vicepresidente(a) de Asuntos Académicos y Estudiantiles su informe y recomendación,
dentro de los siguientes diez días (10) días de haber escuchado las partes.
6. El (La) Vicepresidente(a) de Asuntos Académicos y Estudiantiles tomará la decisión final
e informará a todas las partes dentro de un plazo de diez (10) días después que el
Comité de Disciplina le rinda su informe.
7. El estudiante que no esté de acuerdo con la decisión tomada tiene el derecho de apelar
por escrito dicha decisión.
Sanciones Disciplinarias:
El Comité de Disciplina es responsable de escuchar las partes involucradas en cada incidente de
disciplina, tomar una decisión y hacer su recomendación al (a la) Vicepresidente(a) de Asuntos
Académicos y Estudiantiles. Éste puede aceptar o modificar la recomendación del Comité. Si la
decisión final es de adopción de la recomendación del Comité, se ratificará una o más de las
siguientes recomendaciones hechas por el Comité.
1. Amonestación verbal documentada al estudiante.
2. Amonestación escrita al estudiante con copia al expediente.
3. Aplicación de un estado de probatoria por un período de tiempo determinado.
4. Suspensión por el resto del semestre o por uno o más semestre, pero no permanente.
5. Suspensión permanente de la Institución.
El Comité puede, además, recomendar otras medidas: que el estudiante reciba servicios de
orientación de algún especialista de la conducta, dentro o fuera de la Institución. Esto incluye
orientadores, trabajadores sociales, psicólogos y psiquiatras. También puede recomendar que
un estudiante no participe en los actos de graduación, aunque complete todos los requisitos del
grado o certificado.
Estas sanciones impuestas no eximen al estudiante de pagar por cualquier daño causado a la
propiedad de la Institución, centros de práctica o internados. Ningún estudiante podrá visitar
las oficinas o dependencias del Huertas Junior College mientras esté suspendido, excepto que
se cite para ello. De necesitar algún servicio, debe hacer una cita telefónica y ser autorizado
por algún oficial de la Institución.
La Institución podrá tomar acción legal dependiendo de la gravedad del caso.
Procedimiento de Apelación en Caso de Sanción Disciplinaria:
El estudiante tendrá derecho a apelar dentro de los siguientes diez días después que se haya
notificado la sanción. Para ello, deberá someter su recurso por escrito y dirigido al (a la)
Presidente(a). El (La) Presidente(a)podrá: revocar, sostener o modificar la decisión del Comité
adoptada por el (la) Vicepresidente(a) de Asuntos Académicos y Estudiantiles.