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Manual del Estudiante 34
Baja Parcial
Se considera Baja Parcial los casos en que un estudiante requiere procesar una baja de una o
más asignaturas y continúa matriculado en los demás cursos. El estudiante deberá solicitar el
formulario correspondiente en la Oficina de Registraduría y devolverlo una vez obtenidas las
autorizaciones pertinentes. El(la) Registrador(a) procesará en el sistema la “W” (Baja
Autorizada) como calificación en el expediente académico del/de la estudiante. Cuando se
procesa una baja parcial no procede ajustar el costo de los estudios.
Baja Total
Se considera baja total los casos en que un estudiante requiere procesar una baja oficial de
todos los cursos en que está matriculado. El (La) estudiante deberá obtener las autorizaciones
requeridas en el formulario correspondiente y someterla en la Oficina de Registraduría. El (la)
Registrador(a) procesará en el sistema la “W” (bajas autorizadas) en el expediente académico
del estudiante en cada curso en que estaba matriculado.
Estas bajas, como bajas oficiales, no afectan el promedio académico acumulativo (GPA) del
estudiante; pero sí se consideran para el cómputo de créditos intentados y no aprobados. No
obstante, ello podría afectar el Progreso Académico Satisfactorio y requerir de un ajuste en el
costo de los estudios.
Baja Total en Programas en Módulos (Programa PROGRESA)
Se considera baja total los casos en que un estudiante del Programa Progresa deja de asistir en
cualquier momento antes de completar el período de pago o el período de matrícula. Si el
estudiante entrega una confirmación escrita en el momento de la Baja indicando que asistirá
posteriormente a otro de los módulos que comienza dentro del mismo período de pago o
período de matrícula, su caso no será considerado como baja total.
Aquellos casos en que el estudiante no regresa como estaba previsto, entonces el estudiante se
considera Baja Total. En caso de que el estudiante no someta una confirmación escrita de
asistencia futura, la fecha de baja, para efectos del cálculo de días asistidos, será la fecha en
que hubiera requerido procesar la baja.
Por otro lado, si un estudiante que fue baja total en un módulo, regresa posteriormente a otro
módulo dentro del mismo periodo de pago o periodo de matrícula, entonces el estudiante no
se considera baja total y se descarta el cálculo de baja.
Baja Administrativa (WR)
La baja administrativa la otorga la Oficina de Registraduría en situaciones particulares del/de la
estudiante, tales como:
1. Ausencias excesivas
2. Razones disciplinarias (WR*)
3. Fallecimiento del estudiante
Baja Parcial
Se considera Baja Parcial los casos en que un estudiante requiere procesar una baja de una o
más asignaturas y continúa matriculado en los demás cursos. El estudiante deberá solicitar el
formulario correspondiente en la Oficina de Registraduría y devolverlo una vez obtenidas las
autorizaciones pertinentes. El(la) Registrador(a) procesará en el sistema la “W” (Baja
Autorizada) como calificación en el expediente académico del/de la estudiante. Cuando se
procesa una baja parcial no procede ajustar el costo de los estudios.
Baja Total
Se considera baja total los casos en que un estudiante requiere procesar una baja oficial de
todos los cursos en que está matriculado. El (La) estudiante deberá obtener las autorizaciones
requeridas en el formulario correspondiente y someterla en la Oficina de Registraduría. El (la)
Registrador(a) procesará en el sistema la “W” (bajas autorizadas) en el expediente académico
del estudiante en cada curso en que estaba matriculado.
Estas bajas, como bajas oficiales, no afectan el promedio académico acumulativo (GPA) del
estudiante; pero sí se consideran para el cómputo de créditos intentados y no aprobados. No
obstante, ello podría afectar el Progreso Académico Satisfactorio y requerir de un ajuste en el
costo de los estudios.
Baja Total en Programas en Módulos (Programa PROGRESA)
Se considera baja total los casos en que un estudiante del Programa Progresa deja de asistir en
cualquier momento antes de completar el período de pago o el período de matrícula. Si el
estudiante entrega una confirmación escrita en el momento de la Baja indicando que asistirá
posteriormente a otro de los módulos que comienza dentro del mismo período de pago o
período de matrícula, su caso no será considerado como baja total.
Aquellos casos en que el estudiante no regresa como estaba previsto, entonces el estudiante se
considera Baja Total. En caso de que el estudiante no someta una confirmación escrita de
asistencia futura, la fecha de baja, para efectos del cálculo de días asistidos, será la fecha en
que hubiera requerido procesar la baja.
Por otro lado, si un estudiante que fue baja total en un módulo, regresa posteriormente a otro
módulo dentro del mismo periodo de pago o periodo de matrícula, entonces el estudiante no
se considera baja total y se descarta el cálculo de baja.
Baja Administrativa (WR)
La baja administrativa la otorga la Oficina de Registraduría en situaciones particulares del/de la
estudiante, tales como:
1. Ausencias excesivas
2. Razones disciplinarias (WR*)
3. Fallecimiento del estudiante