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Manual del Estudiante 51
Si la cantidad desembolsada es mayor a la cantidad ganada, entonces se procede a calcular la
porción que le corresponde devolver al fondo de beca correspondiente y al estudiante, si
alguna.
Orden de Devolución de los Fondos
El orden de la devolución de fondos no ganados es el siguiente:
1. Préstamos Directos Stafford/No subsidiados FFEL
2. Préstamos Directos Stafford/Subsidiados FFEL
3. FFEL/Préstamos Directos PLUS (Padres)
4. Beca Pell
5. FSEOG
6. Otros fondos de Título IV
7. Otras becas estatales, privadas e institucionales
8. El estudiante
Se excluyen los fondos devengados del Programa de Estudio y Trabajo.
Política de Devolución de Fondos de los Programas Asignados a través del Consejo de
Educación de Puerto Rico
La Institución implantó la política institucional de devolución de fondos para los programas
asignados a través del Consejo de Educación de Puerto Rico. Esta política aplica a aquellos
estudiantes que soliciten baja o dejen de asistir durante el semestre para el cual se
matricularon y recibieron ayuda de los siguientes programas:
1. Programa de Ayuda Educativa Suplementaria
2. Programa de Ayuda para estudiantes con Mérito (alto rendimiento)
Esta Política establece que al estudiante alcanzar el 32% del período de matrícula, éste será
elegible para recibir el 100% de la ayuda asignada por la Oficina de Asistencia Económica de
acuerdo con los requisitos de elegibilidad establecidos. De completar un porciento menor,
éstos serán los parámetros a utilizarse:
%COMPLETADO %GANADO
de 0% a 7.9% ------------------------ 0%
de 8% a 15.9% ----------------------25%
de 16% a 23.9% --------------------50%
de 24% a 31.9% --------------------75%
Si la cantidad desembolsada es mayor a la cantidad ganada, entonces se procede a calcular la
porción que le corresponde devolver al fondo de beca correspondiente y al estudiante, si
alguna.
Orden de Devolución de los Fondos
El orden de la devolución de fondos no ganados es el siguiente:
1. Préstamos Directos Stafford/No subsidiados FFEL
2. Préstamos Directos Stafford/Subsidiados FFEL
3. FFEL/Préstamos Directos PLUS (Padres)
4. Beca Pell
5. FSEOG
6. Otros fondos de Título IV
7. Otras becas estatales, privadas e institucionales
8. El estudiante
Se excluyen los fondos devengados del Programa de Estudio y Trabajo.
Política de Devolución de Fondos de los Programas Asignados a través del Consejo de
Educación de Puerto Rico
La Institución implantó la política institucional de devolución de fondos para los programas
asignados a través del Consejo de Educación de Puerto Rico. Esta política aplica a aquellos
estudiantes que soliciten baja o dejen de asistir durante el semestre para el cual se
matricularon y recibieron ayuda de los siguientes programas:
1. Programa de Ayuda Educativa Suplementaria
2. Programa de Ayuda para estudiantes con Mérito (alto rendimiento)
Esta Política establece que al estudiante alcanzar el 32% del período de matrícula, éste será
elegible para recibir el 100% de la ayuda asignada por la Oficina de Asistencia Económica de
acuerdo con los requisitos de elegibilidad establecidos. De completar un porciento menor,
éstos serán los parámetros a utilizarse:
%COMPLETADO %GANADO
de 0% a 7.9% ------------------------ 0%
de 8% a 15.9% ----------------------25%
de 16% a 23.9% --------------------50%
de 24% a 31.9% --------------------75%