Page 51 - MANUAL ESTUDIANTE
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Manual del Estudiante 50
Procedimiento:
1. El (La) Vicepresidente(a) Asociado(a) de Éxito Estudiantil u orientador asignado
entrevistará a los candidatos y evaluará los documentos requeridos.
2. Los candidatos recibirán vía correo notificación de aceptación o denegación al
Programa.
3. Los candidatos seleccionados completarán el proceso de matrícula.
4. El Centro de Recursos para el Aprendizaje proveerá identificación especial como
estudiante del Programa de Honor.
5. El estudiante visitará la Oficina de Asistencia Económica cada semestre para su registro
y otorgación de la Beca.
Política de Devolución de Fondos de Título IV por Baja Total
La Institución tiene una política de devolución de fondos Título IV de acuerdo con las
regulaciones del Departamento de Educación Federal. La política establece que cuando un
recipiente de fondos de Título IV se da de baja de una institución durante el período de pago en
el cual asiste, la institución tiene que determinar la cantidad de fondos de Título IV que el
estudiante ha ganado a la fecha de darse de baja del programa. Los fondos de Título IV que se
incluyen en el cálculo de baja son: Préstamos Federal Directo subsidiados y no subsidiados,
Beca Pell y FSEOG.
La fecha de baja de un estudiante es la fecha en que el estudiante comienza el proceso de baja,
según establecido por la Institución; o cuando el estudiante provee la notificación de manera
oral o escrita de la intención de no asistir más a clases. Si el estudiante deja de asistir sin
proveer la notificación oficial a la Institución, entonces la fecha de baja es el punto medio
dentro del período de pago establecido. Si la Institución tuviese conocimiento de que el
estudiante ha dejado de asistir a clases como consecuencia de una enfermedad, accidente,
pérdidas personales graves u otras circunstancias que vayan más allá del control del estudiante,
la fecha de baja debe estar directamente relacionada con tales circunstancias.
El porciento de ayuda de Título IV ganado por el estudiante, es igual al período completado por
el estudiante dividido entre el total de días calendario dentro del período de pago. El mismo se
calcula de la siguiente manera:
Núm. de días calendario completados dentro del período
Total de días calendario dentro del período de pago
Cuando el estudiante ha completado más del 60%, entonces el estudiante ha ganado un 100%
de los fondos de Título IV.
En caso de que la Institución conceda cinco días o más de receso o que el estudiante tenga
aprobada una licencia para ausentarse, el total de estos días no podrán ser tomados en cuenta
en el denominador de la fórmula.
Procedimiento:
1. El (La) Vicepresidente(a) Asociado(a) de Éxito Estudiantil u orientador asignado
entrevistará a los candidatos y evaluará los documentos requeridos.
2. Los candidatos recibirán vía correo notificación de aceptación o denegación al
Programa.
3. Los candidatos seleccionados completarán el proceso de matrícula.
4. El Centro de Recursos para el Aprendizaje proveerá identificación especial como
estudiante del Programa de Honor.
5. El estudiante visitará la Oficina de Asistencia Económica cada semestre para su registro
y otorgación de la Beca.
Política de Devolución de Fondos de Título IV por Baja Total
La Institución tiene una política de devolución de fondos Título IV de acuerdo con las
regulaciones del Departamento de Educación Federal. La política establece que cuando un
recipiente de fondos de Título IV se da de baja de una institución durante el período de pago en
el cual asiste, la institución tiene que determinar la cantidad de fondos de Título IV que el
estudiante ha ganado a la fecha de darse de baja del programa. Los fondos de Título IV que se
incluyen en el cálculo de baja son: Préstamos Federal Directo subsidiados y no subsidiados,
Beca Pell y FSEOG.
La fecha de baja de un estudiante es la fecha en que el estudiante comienza el proceso de baja,
según establecido por la Institución; o cuando el estudiante provee la notificación de manera
oral o escrita de la intención de no asistir más a clases. Si el estudiante deja de asistir sin
proveer la notificación oficial a la Institución, entonces la fecha de baja es el punto medio
dentro del período de pago establecido. Si la Institución tuviese conocimiento de que el
estudiante ha dejado de asistir a clases como consecuencia de una enfermedad, accidente,
pérdidas personales graves u otras circunstancias que vayan más allá del control del estudiante,
la fecha de baja debe estar directamente relacionada con tales circunstancias.
El porciento de ayuda de Título IV ganado por el estudiante, es igual al período completado por
el estudiante dividido entre el total de días calendario dentro del período de pago. El mismo se
calcula de la siguiente manera:
Núm. de días calendario completados dentro del período
Total de días calendario dentro del período de pago
Cuando el estudiante ha completado más del 60%, entonces el estudiante ha ganado un 100%
de los fondos de Título IV.
En caso de que la Institución conceda cinco días o más de receso o que el estudiante tenga
aprobada una licencia para ausentarse, el total de estos días no podrán ser tomados en cuenta
en el denominador de la fórmula.